El informe final y el post falaz

Dijo Luis Miró Quesada de la Guerra: «El periodismo puede ser la más noble de las profesiones o el más vil de los oficios». Esta frase se hace aún más patente en tiempos en que las redes sociales nos permiten difundir en tiempo real, tanto una gran verdad como la mentira más falaz. También resulta algo difícil que los “fact checkers” del periodismo imperante promotor de la totalitaria Agenda 2030 y amigos de las ONG financiadas desde el extranjero nos ayuden a esclarecer las imprecisiones de ciertos reporteros. Afortunadamente, aún tenemos libertad de expresión para combatir la narrativa engañosa, por los mismos medios: las redes sociales, y la prensa escrita en esta ocasión.
Hace pocos días me tocó nuevamente defender la institucionalidad democrática del Congreso de la República, a través de la red social X (antes Twitter). Una conocida periodista cuestionó la aprobación del informe final “con cargo a redacción” de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos sobre la moción que propone remover a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

Al respecto vuelvo a responder. La aprobación “con cargo a redacción” no es la regla, es la excepción y es una práctica parlamentaria que se emplea sobre todo para salvaguardar el cumplimiento del plazo, procedimiento que se aplica tanto para informes de comisiones, como para textos sustitutorios de proyectos de ley aun en el mismo instante de su debate en el Pleno del Congreso. Esto, cualquier servidor que conozca mínimamente de derecho parlamentario, lo sabe; pero al parecer, no la periodista que persistió en el error por segunda vez.

Vamos a aclarar de nuevo aquel post plagado de falsedades: 1) Hubo un borrador de informe de la Comisión de Justicia, pero este no fue el informe final, pues faltaba debate y aprobación, 2) El informe final quedó expedito para su debate en el Pleno, a pocas horas de su aprobación, 3) El motivo de la aprobación “con cargo a redacción” fue, como ya se dijo, por razón del plazo. 4) De los cinco hechos materia de investigación, dos de ellos revestían causa grave, pero al final del debate del informe final (para eso existe el debate; de lo contrario la Comisión sería solo mesa de partes) se cambió por tres. 5) No se podía hacer un informe en minoría (como propone la reportera) pues el de mayoría aún no había sido aprobado, 6) El “debido proceso” estuvo garantizado en todo momento, pues incluso varios constitucionalistas tuvieron la oportunidad de ejercer como dignos abogados defensores de la JNJ.
Dejamos todo claro, y por si acaso no tengamos la misma cobertura mediática, quien lea este artículo sacará sus propias conclusiones.

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Columnista - Autor
Alejandro Muñante Barrios

Congresista de la República. Defensor a ultranza de la vida, la familia, la patria y la libertad. Somos #BancadaCeleste

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