El Decreto Supremo N° 168-2021-PCM recientemente publicado establece entre sus medidas que “a partir del 15 de diciembre de 2021, los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado su vacunación contra la COVID-19”. Es decir, toda persona que quiera ingresar a espacios cerrados tales como centros comerciales, gimnasios, restaurantes, cines, bancos, centro de trabajo; solo podrá hacerlo si muestra su carné de vacunación completa.
Los estudios científicos difundidos acerca de la eficacia de la vacunación arrojan que, si bien esta no evita los contagios, sí evita la gravedad o muerte del paciente infectado con Covid-19. Sin embargo, es importante resaltar que la estrategia de vacunación forzada por parte del Gobierno restringe abiertamente derechos constitucionales como el derecho al trabajo, derecho al libre tránsito, derecho de libre contratación entre otros. En la práctica esto configuraría la muerte civil de las personas no vacunadas, con lo cual el Estado se estaría excediendo en sus atribuciones.
Esta norma adolecería de vicios de inconstitucionalidad:
1) El Estado de Emergencia ha sido prorrogado hasta el 30 de noviembre del presente, no existiendo el marco legal para limitar derechos.
2) Los únicos derechos que se pueden restringir por Estado de Emergencia son derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de reunión y de tránsito. ¿Avala la Constitución que un ciudadano en virtud de una medida de salud pública no pueda adquirir sus alimentos en un supermercado, no pueda suscribir contratos en una Notaría, o no pueda trabajar? Rotundamente no.
3) La Ley 31091, Ley que garantiza el acceso al tratamiento preventivo y curativo del coronavirus SARS-CoV-2, en su Art 1° establece que el objeto de dicha ley es garantizar el acceso libre y VOLUNTARIO al tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad.
Dejamos en claro que no estamos en contra de la vacunación, sino que por el contrario pensamos que la vacunación forzada podría boicotear el proceso de inmunización al intentar coaccionar a la población.
Asimismo, podría representar un obstáculo para la reactivación económica habida cuenta de la restricción de varios derechos constitucionales. En esta misma línea se ha pronunciado el jefe del Programa de Emergencias de la OMS, Michael Ryan, quien ha declarado que la OMS no respalda esta estrategia para combatir la Covid-19 y que las medidas sanitarias deben ser “consistentes con las leyes nacionales de salud pública y derechos humanos”.
Por todo lo expuesto, requerimos al Gobierno, evalúe dejar sin efecto este Decreto Supremo, y en su lugar promover campañas de concientización, programas de incentivos, e información clara para los no vacunados.