POR UNA VERDADERA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA

Nuestros estudiantes universitarios exigen y requieren calidad de enseñanza, pero bajo el precepto constitucional de la autonomía universitaria consagrada en el Artículo 18° de la Constitución Política que establece que “cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico”. Además, nuestra Carta Magna señala que las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes.

En ese contexto, a pesar de la persistencia en las mociones de cuestión previa (retorno a la Comisión de Constitución y Educación); y pedido de reconsideración; el pasado miércoles 04 de mayo, el Pleno del Congreso aprobó en segunda votación, con 68 votos a favor, 39 en contra y 5 abstenciones, el dictamen recaído en varios proyectos de ley (697, 862, 908 y 943), que propone restablecer la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas.

Sin embargo, una enorme campaña de desprestigio se gestó desde hace algún tiempo de parte de un sector de la prensa y congresistas que tildaron de “contrarreforma” a la voluntad legislativa de fortalecer la SUNEDU. Nos preguntamos ¿Quiénes conocen mejor cómo y de qué manera debe organizarse una institución universitaria? ¿No son acaso, los mismos representantes de las universidades? Por supuesto que sí. Por tanto, las universidades públicas y privadas estarán representadas en el Consejo Directivo de SUNEDU, una acertada medida que democratiza la composición de dicho Consejo.

De otro lado ¿De qué independencia de la SUNEDU podían hablar los opositores, si el Superintendente antes de esta ley modificatoria era elegido por el Ejecutivo al igual que otros representantes del Consejo? No había una representatividad real, por tanto, no se garantizaba autonomía universitaria, sino más bien la preminencia de intereses en el Ministerio de Educación -MINEDU, que ya conocemos. Por cierto, no faltó quien nos recordara en el Pleno las millonarias consultorías que tiene en su haber este ministerio.

En cambio, la nueva ley aprobada establece que el Superintendente será elegido entre los miembros del Consejo Directivo.

Crucial mención aparte merece el Artículo 12 de la ley recientemente aprobada, que le otorga a SUNEDU la calidad de organismo constitucionalmente autónomo, es decir que no estará adscrito al MINEDU. Será un ente verdaderamente independiente que hará prevalecer su autonomía constitucional ante cualquier amenaza de politización e ideologización. Es ese el espíritu de esta ley.

En ese sentido, lo reafirmo: Queremos calidad educativa, pero con autonomía universitaria; y el fortalecimiento de SUNEDU claramente contribuye a este objetivo. No caigamos en campañas de desinformación; una cosa no excluye a la otra, eso solo está en la mente de los caviares.

¡Defendamos una verdadera autonomía universitaria!

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Columnista - Autor
Alejandro Muñante Barrios

Congresista de la República. Defensor a ultranza de la vida, la familia, la patria y la libertad. Somos #BancadaCeleste

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